Cuadro de Derechos de Tráfico

 

 

Cielos abiertos: sin limitación del número de vuelos. / * Países con vuelos directos en servicio de pasajeros.

[1] El año indica desde cuándo están disponibles los derechos de tráfico.

[2] Tráfico entre territorio de las Partes.

[3] Entre territorio de la otra Parte y terceros países tocando un punto en el territorio chileno

[4] Desde territorio de la otra Parte a terceros países sin tocar territorio chileno

[5] Cabotaje abierto unilateralmente para aerolíneas extranjeras

[6] Zona administrativa especial de China.

[7] Las rutas no pueden tocar puntos en China continental, Taiwán o Hong Kong como puntos intermedios o más allá.

[8] Las rutas no pueden tocar puntos en China continental, Taiwán o Hong Kong.

[9] Las autoridades aeronáuticas se reservan el derecho de autorizar operaciones con 7ª libertad caso a caso.

[10] De conformidad con Acuerdo Multilateral de Cielos Abiertos de la CLAC

[11] Cielos abiertos para 7ª libertad sólo en aeropuertos Mattala (VCRI) y Santiago (SCEL)

[12] Aerolíneas de Chile solo pueden hacer un vuelo semanal entre Jamaica y Nueva Jersey (Newark) y Cuba (La Habana), además no pueden ejercer derechos de tráfico entre Jamaica y Sur de Florida (Miami, Ft. Lauderdale, Orlando), Nueva York (JFK) ni Canadá (Toronto).

[13] Aerolíneas de Chile solo pueden hacer un vuelo semanal entre Jamaica y Nueva Jersey (Newark) y Cuba (La Habana), además no pueden ejercer derechos de tráfico entre Jamaica y Sur de Florida (Miami, Ft. Lauderdale, Orlando), Nueva York (JFK) ni Canadá (Toronto).

[14] Ruta sujeta a aprobación caso a caso de las autoridades aeronáuticas.

[15] Acuerdo firmado en 2017 al que se le otorgó vigencia provisional en 2019.

[16] Pasajeros y combinado: Aerolíneas de Chile: En cualquier punto intermedio de Latinoamérica, un punto intermedio en Europa a ser elegido y modificado por Chile, y dos puntos intermedios en Norteamérica (EEUU y/o Canadá) a ser acordado por las autoridades; Aerolíneas de Austria: En cualquier punto intermedio de Latinoamérica y de Europa, y en dos puntos intermedios en Norteamérica (EEUU y/o Canadá) a ser acordado por las autoridades. Carga: 5ª libertad libre en cualquier punto intermedio y más allá.

[17] Cielos abiertos con 5ª libertad sólo por Brasil y Colombia

[18] 14 vuelos de pasajeros y 14 de carga.

[19] Cielos abiertos dentro de la Región CLAC para pasajeros y carga, más 7 frecuencias de pasajeros/combinado fuera de la Región CLAC y 7 frecuencias de carga fuera de la Región CLAC.

[20] Cielos abiertos en 6ª libertad de pasajeros; sin derechos en 5ª libertad.

[21] 14 vuelos de pasajeros con 5ª libertad en un punto en EEUU y un punto en Norteamérica elegido por Chile, pero máximo 7 frecuencias a cada punto. Solo 50% de pasajeros en la aeronave pueden ser de 5ª libertad. Cielos abiertos para carga.

[22] Las autoridades aeronáuticas deben aprobar los puntos intermedios y aprobar en cuales de éstos puede haber tráfico de 5ª libertad. Puntos intermedios de aerolíneas rusas: Estocolmo, Copenhague, Frankfurt, Luxemburgo, Shannon, La Habana, Buenos Aires, Montevideo, Sao Paulo, Rio de Janeiro, Porto Alegre, Miami y Lima. Solo puede haber tráfico de 5ª libertad en los primeros 7 puntos mencionados. Los puntos de 5ª libertad para aerolíneas chilenas no han sido acordados. Los aeropuertos de Cabo Verde se incluyen como puntos de 5ª libertad para aerolíneas de ambas partes.

[23] Rutas deben ser aprobadas por las autoridades.

[24] Vuelos con 5ª de pasajeros requieren autorización caso a caso y solo en puntos intermedios. Vuelos con 5ª de carga permite puntos intermedios solo en Latinoamérica, y más allá.

[25] Por Acta entre Autoridades Aeronáuticas de 21.05.1998 se acordó autorizar únicamente las operaciones con derechos de tráfico de 3ª y 4ª libertad a pesar de contemplarse la 5ª libertad en el Anexo del Acuerdo de Servicios Aéreos de 1993.

[26] Existe nuevo acuerdo rubricado en 2017 y modificado en 2019 al cual no se le dio vigencia provisional y no ha sido firmado ni ratificado.

[27] Existen limitaciones de ruta en el acuerdo.

[28] Existen limitaciones de ruta en el acuerdo.

[29] Ruta vuelos de 3ª y 4ª libertad: Entre Lima y Santiago y cinco puntos adicionales a ser definidos en cada país, acordados por vía diplomática. Los puntos en Perú son: Arequipa, Iquitos, Piura y Trujillo (falta acordar 1). Los puntos en Chile son: Arica, Iquique, Antofagasta, Calama e Isla de Pascua.

[30] La ruta para vuelos de Chile con 5ª libertad: Lima-Nueva York y Lima-Los Ángeles. Perú tiene derecho a 28 frecuencias con 5ª libertad sin limitación en la ruta. La totalidad de frecuencias (84) gozan de derechos de 6ª libertad.

[31] Existen limitaciones de ruta en el acuerdo. Son 10 frecuencias de 3ª, 4ª y 5ª libertad.

[32] Más 7 frecuencias semanales con 5ª libertad a Papeete; y más 3 frecuencias cargueras. Existen limitaciones de ruta en el acuerdo.

[33] Limitación de capacidad aplica solo a quinta libertad intermedia. Quinta libertad más allá limitado a operaciones como comercializador en acuerdos de cooperación comercial, en tal caso limitación de capacidad no aplica. Ruta Chile: Chile – Polinesia Francesa y Nueva Zelanda – 3 puntos en Australia – 3 puntos en Sudeste Asiático y 2 puntos adicionales a elegir.

[34] Ruta Venezuela: Venezuela – Santiago. Ruta Chile: Chile – Caracas.

[35] Ruta Venezuela: Venezuela – intermedios – Santiago – más allá. Ruta Chile: Chile – intermedios – Caracas – Miami – más allá. Las rutas no otorgan derechos de 5ª libertad salvo segmento Caracas-Miami.