El servicio de cabotaje es el que se presta entre dos o m谩s puntos del territorio de la Rep煤blica, aunque se vuele sobre territorio extranjero (art. 97 C贸digo Aeron谩utico).
En Chile el mercado a茅reo de cabotaje est谩 abierto unilateralmente. La ley de aviaci贸n comercial as铆 lo permite y como medida para聽 incentivar la competencia, la JAC ha reafirmado la pol铆tica de apertura unilateral del cabotaje, cuyo objetivo es generar condiciones de m谩s competencia o la potencialidad de ella en el mercado de cabotaje chileno, facilitando el acceso de operadores extranjeros para el transporte interno de pasajeros y carga. Es decir, todas las empresas del mundo pueden entrar al mercado dom茅stico de Chile sin restricciones, siempre que cumplan con los requisitos t茅cnicos y de seguros.
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DESCARGA: RESOLUCI脫N EXENTA N掳 63 DE 2012
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DICTAMEN CONTRALOR脥A GENERAL DE LA REP脷BLICA 2013
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